LEXIS Blog

Derechos de los Titulares de los Datos Personales: Una guía rápida para su ejercicio
Nuestra Constitución del año 2008, en su artículo 66, numeral 19, regula la protección de datos personales como un derecho fundamental, al reconocer y garantizar: “El derecho a la protección de datos de carácter personal, que incluye el acceso y la decisión sobre información y datos de este carácter, así como su correspondiente protección. La recolección, archivo, procesamiento, distribución o difusión de estos datos o información requerirán la autorización del titular o el mandato de la ley.”
El acceso, rectificación, eliminación y otras acciones sobre datos personales tradicionalmente se han ejercido a través de mecanismos como el hábeas data.
En mayo de 2021, se promulgó la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP) que representa un avance significativo en la materia al establecer un marco regulatorio especializado con un enfoque de gestión de riesgos. Esta norma garantiza a los titulares de los datos una serie de derechos, así como los mecanismos para su ejercicio. En noviembre del año 2023, se promulgó el Reglamento de la Ley (RLOPDP).
A continuación, revisaremos, sin ser exhaustivos, cuales son estos derechos, las excepciones y mecanismos para su ejercicio:
DERECHOS
1. Derecho a la Información: Garantiza que las personas sean oportunamente informadas, a través de cualquier medio y en un lenguaje claro, sencillo y comprensible, sobre las actividades y el tratamiento que se dará a sus datos personales, de acuerdo con los requerimientos que contempla el art. 12 LOPDP.
La información debe proporcionarse al momento de la recopilación de datos, o, si no se obtuvo directamente del titular, dentro de los siguientes 30 días o en la primera comunicación, lo que ocurra primero.
2. Derecho de Acceso: Garantiza al titular la facultad para acceder a sus datos personales y a la información relacionada con su tratamiento conforme al art. 12 LOPDP.
Este derecho no podrá ejercerse de tal forma que constituya un abuso del derecho, por ejemplo, en el caso de solicitudes repetitivas en cortos periodos de tiempo, o, sobre una misma información a la que el titular ya tuvo acceso, entre otras circunstancias similares.
3. Derecho de Rectificación y Actualización: Faculta al titular a solicitar la corrección o actualización de sus datos personales inexactos o incompletos, debiendo prestar los sustentos necesarios cuando así corresponda para justificar su solicitud.
4. Derecho de Eliminación: Faculta al titular a solicitar la eliminación o supresión de sus datos personales, cuando concurra alguna de las circunstancias señaladas en el art. 15 LOPDP; por ejemplo: cuando el tratamiento no cumpla con los principios determinados en la Ley, cuando los datos han cumplido con la finalidad para la cual fueron recogidos o ha fenecido el plazo de conservación, etc.
El responsable debe implementar métodos de eliminación segura de datos o dejarlos irreconocibles definitivamente a través de mecanismos como la anonimización.
5. Derecho de Oposición: Permite al titular oponerse o negarse al tratamiento de sus datos personales, en los casos señalados en el art. 16 LOPDP, por ejemplo, cuando el tratamiento tenga por objeto mercadotecnia directa, etc.
Sin embargo, el responsable podrá acreditar motivos legítimos e imperiosos para continuar con el tratamiento de los datos personales; o, cuando los requiera para la formulación, ejercicio o defensa de reclamaciones.
6. Derecho de Portabilidad: Garantiza al titular el derecho a recibir sus datos personales en un formato estructurado, común, interoperable y legible, o a transmitirlos a otro responsable. Este derecho debe reunir las condiciones especificadas en el art. 17 LOPDP.
Este derecho no aplica a datos inferidos o creados a partir del análisis de los datos personales proporcionados por el titular.
7. Derecho a la Suspensión del Tratamiento: El titular tiene derecho a solicitar que se suspenda el tratamiento de sus datos en los casos determinados en el art. 19 de la LOPDP; por ejemplo: mientras se verifica la exactitud de datos impugnados, cuando siendo ilícito el tratamiento, el titular se opone a la eliminación de sus datos y en su lugar solicita limitar su uso, etc.
En caso de negativa del responsable, el titular podrá recurrir ante la Autoridad de Protección de Datos Personales y la suspensión se mantendrá hasta la resolución del procedimiento administrativo.
8. Derecho a no ser Objeto de Decisiones Automatizadas: El titular tiene derecho a no ser sometido a decisiones basadas única o parcialmente en valoraciones automatizadas, incluyendo la elaboración de perfiles, si estos afectan sus derechos y libertades fundamentales. El titular tiene la facultad de: solicitar una explicación motivada de la decisión, presentar observaciones; pedir los criterios de valoración del proceso automatizado; solicitar información sobre sus datos y fuente; o impugnar la decisión.
Este derecho no aplica cuando la decisión automatizada es necesaria para la celebración de un contrato, está autorizada por la Ley o una Autoridad competente, se basa en el consentimiento explícito del titular; o, no produce impactos graves.
No se puede exigir la renuncia previa de este derecho mediante contratos de adhesión masivos.
9. Derecho de Consulta: Las personas tienen derecho a la consulta pública y gratuita ante el Registro Nacional de Protección de datos Personales.
10. Derecho a la Educación Digital: Las personas tienen derecho al acceso y formación en el uso responsable de tecnologías de la información y comunicación, respetando la dignidad humana y los derechos fundamentales como la privacidad y la protección de datos personales.
Este derecho promueve una cultura inclusiva para personas con capacidades o necesidades educativas especiales, debiendo el sistema educativo nacional asegurar que tanto estudiantes como docentes reciban formación en educación digital, integrando estas temáticas en sus programas de estudio.
EXCEPCIONES
Es importante destacar que el ejercicio de los derechos no es absoluto. El art. 18 LOPDP determina los casos en que no proceden los derechos de rectificación, actualización, eliminación, oposición y portabilidad:
Cuando el solicitante no sea el titular de los datos o su representante legalmente acreditado.
Cuando los datos son necesarios para cumplir con una obligación legal.
Cuando los datos se requieren para cumplir con una orden judicial o mandato de autoridad pública competente.
Cuando los datos son necesarios para formular, ejercer o defender reclamaciones.
Cuando el ejercicio del derecho pueda perjudicar a terceros y el responsable así lo acredite en su respuesta.
Cuando puedan obstaculizar actuaciones judiciales o administrativas en curso.
Cuando los datos son necesarios para el ejercicio del derecho a la libertad de expresión.
Cuando exista interés público que cumpla los estándares internacionales de derechos humanos y los principios de la Ley.
Cuando los datos son necesarios para el archivo de información que constituya patrimonio del Estado, investigación científica, histórica o estadística.
EJERCICIO
Para garantizar el ejercicio de los derechos, el responsable debe poner a disposición de los titulares, herramientas o canales de fácil acceso, para recibir y atender las solicitudes de ejercicio de derechos de manera eficiente, segura y oportuna. Suele ser recomendable que el responsable provea de formularios específicos para las solicitudes de ejercicio de derechos.
Las solicitudes deberán contener el nombre completo, número de identificación y dirección para notificaciones al titular, así como una descripción clara de los datos personales respecto de los cuales se busca ejercer determinado derecho y acompañar la documentación que acredite la identidad o representación legal del titular.
El responsable deberá atender las solicitudes de ejercicio de derecho de acceso, rectificación o actualización, eliminación y oposición, en el plazo de 15 días; sin embargo, podrá solicitar por una sola vez y dentro del término de 5 días contados a partir de la recepción de la solicitud, que el titular la aclare o complete para lo cual tendrá un término de 10 días.
Además, el responsable deberá llevar un registro de todas las solicitudes y el detalle de atención de cada una, de acuerdo con el formato que determine la Autoridad.
Si el titular considera que sus derechos han sido vulnerados y no ha recibido una respuesta adecuada y dentro del plazo legalmente establecido, podrá presentar su reclamo ante la Autoridad de Protección de Datos, siguiendo el procedimiento establecido en el Código Orgánico Administrativo y la normativa complementaria que la Autoridad emita para el efecto.
Los retos que esta norma presenta para todos aquellos obligados a su cumplimiento son significativos; su efectividad dependerá de que los distintos actores creen un entorno de colaboración, concientización y capacitación continua que permita adaptar las prácticas en torno al tratamiento de datos personales, garantizando así el respeto y protección de los derechos de los titulares, cumpliendo los más altos estándares en la materia.