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Corte Constitucional declara inconstitucional prisión como sanción por exceso de velocidad

martes, 28 de enero de 2025

La Corte Constitucional de Ecuador declaró inconstitucional la pena de tres días de prisión por exceso de velocidad, establecida en el artículo 386.3 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). La decisión se fundamenta en el principio de proporcionalidad y respalda sanciones alternativas.

Fundamentos de la sentencia

La medida, adoptada el 9 de enero de 2025, respondió a una acción de inconstitucionalidad presentada en agosto de 2024. Los demandantes argumentaron que la sanción era desproporcionada y vulneraba derechos constitucionales, proponiendo alternativas como multas o reducción de puntos en la licencia.

La Corte determinó que proteger la seguridad vial no requiere prisión y que se pueden aplicar sanciones menos restrictivas que respeten los derechos fundamentales.

Revisa aquí la Sentencia 18-11-IN/25.