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Decreto Ejecutivo 542: Reducción de IVA al 8 % para actividades turísticas durante el feriado de Carnaval
El presidente de Ecuador, Daniel Noboa Azín, emitió el Decreto Ejecutivo No. 542, mediante el cual se reduce la tarifa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al 8 % para las actividades turísticas durante el feriado de Carnaval.
Reducción temporal del IVA para incentivar el turismo
Con el objetivo de fortalecer el sector turístico y fomentar la reactivación económica, el Gobierno Nacional ha dispuesto la reducción del IVA del 12 % al 8 % en la prestación de servicios turísticos. Esta medida aplicará exclusivamente durante los días sábado 1, domingo 2, lunes 3 y martes 4 de marzo de 2025, que corresponden al feriado de Carnaval a nivel nacional.
Aplicación y cumplimiento de la medida
El decreto establece que los establecimientos que ofrezcan servicios turísticos deberán emitir los comprobantes de venta con la tarifa reducida durante el período señalado. Para garantizar el cumplimiento de la disposición, el Servicio de Rentas Internas (SRI) y el Ministerio de Turismo serán los encargados de su implementación y control.
Beneficio económico y reactivación del sector
La reducción del IVA responde a la necesidad de impulsar la actividad turística, una de las principales fuentes de ingresos del país. Con esta medida, el Gobierno busca incentivar el consumo de servicios turísticos y dinamizar la economía en un periodo de alta demanda, beneficiando a empresarios, trabajadores del sector y visitantes.