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IVA de 8% durante feriado de Semana Santa

lunes, 4 de marzo de 2024

El presidente de la República, Daniel Noboa, ha anunciado mediante Decreto Ejecutivo una medida especial para el sector turístico durante el feriado de Semana Santa. Del 29 al 31 de marzo, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) se reducirá del 12% al 8% por la prestación de todos los servicios definidos como actividades turísticas de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Turismo, a favor de las personas naturales o sociedades, nacionales o extranjeras, a nivel nacional.

Esta decisión tiene como objetivo incentivar el turismo interno y promover la actividad económica en el sector durante el período vacacional, mejorando las condiciones de consumo de las actividades definidas como servicios turísticos.

El Decreto Ejecutivo emitido por el presidente Noboa entró en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Sin embargo, a partir del 1 de abril, la tarifa del IVA experimentará un aumento, subiendo del 12% al 15% para todos los productos gravados con este impuesto.

La Disposición General Tercera de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19 faculta al Presidente de la República, mediante Decreto Ejecutivo, a reducir la tarifa general de IVA del 12% al 8%, a la prestación de todos los servicios definidos como actividades turísticas de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Turismo, a favor de personas naturales o sociedades, nacionales o extranjeras, hasta por un máximo de doce días al año durante feriados o fines de semana, sean unificados o divididos; ya sea a nivel nacional o regional, conforme la reglamentación que para el efecto expida la autoridad tributaria; siendo necesario contar con el informe favorable del Ministerio de economía y Finanzas.

Revisa aquí el Decreto Ejecutivo 190.