LX

Cargando...

LEXIS Noticias

Registro Oficial del día: Normas para aplicación de sanciones por la no entrega de comprobantes de venta

martes, 11 de junio de 2024

El Servicio de Rentas Internas, establece el procedimiento para la regulación de las cuantías de sanciones pecuniarias (multas), por la no entrega de comprobantes de venta o no transmitan comprobantes de venta electrónicos a que están obligados las personas naturales o jurídicas, residentes en el país.

La no entregar comprobantes de venta, incluye:

  1. Entregar comprobantes físicos cuya autorización se encuentre caducada a la fecha de emisión;

  2. Entregar comprobantes electrónicos sin que el sujeto pasivo esté autorizado para su emisión;

  3. Entregar comprobantes cuya autorización pertenezca a otro contribuyente; y,

  4. Entregar comprobantes no autorizados.

Los comprobantes de venta, electrónicos, se entiende que sí se ha efectuado la transmisión si:

  1. La transmisión a la Administración Tributaria, se efectuó dentro del plazo establecido en la normativa vigente;

  2. Los comprobantes de venta electrónicos han cumplido con las validaciones establecidas para la transmisión y recepción exitosa en los sistemas del Servicio de Rentas Internas; y,

  3. Los comprobantes de venta electrónicos trasmitidos contemplen la información y los mismos valores de la transacción efectuada.


Cuantía de sanciones pecuniarias:

Multas

No entregar comprobantes de venta

No transmitir a la Administración Tributaria comprobantes de venta electrónicos

Gran contribuyente20 RBU30 RBU
Contribuyente especial 10 RBU15 RBU
Sociedades diferentes a sin fines de lucro7 RBU10 RBU
Sociedades sin fines de lucro4 RBU5 RBU
Sucesiones indivisas y personas naturales, no obligadas a llevar contabilidad4 RBU5 RBU
Contribuyentes considerados como negocios populares1 RBU1 RBU
Contribuyentes no inscritos en el RUC1 RBU1 RBU

Revisa aquí la resolución del SRI No 22, promulgada en Registro Oficial Primer Suplemento No. 575 de 10 de junio del 2024.