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Registro Oficial del día: Procedimiento para la devolución del IVA pagado para proyectos inmobiliarios

jueves, 30 de mayo de 2024

El Servicio de Rentas Internas, establece el procedimiento para la devolución del Impuesto al Valor Agregado IVA pagado por sociedades y personas naturales en adquisiciones locales o importaciones de bienes y servicios para la construcción de proyectos inmobiliarios.

Beneficiarios:

Personas naturales y sociedades en la contratación de servicios relacionados con la construcción de proyectos inmobiliarios.

Desde cuándo se puede solicitar este beneficio

A partir del 01 de enero de 2024.

Requisitos

  1. Constancia del registro del proyecto inmobiliario ante el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda o ante el Servicio de Rentas.
  2. Copia legible del título habilitante para la construcción.
  3. El documento “reporte de prevalidación de los comprobantes de venta”.
  4. Listado en medio magnético, en el formato publicado en el portal web del Servicio de Rentas Internas.

Monto a devolver:

El valor del IVA a ser devuelto no superará el 6.5% del costo total referencial del proyecto.


Revisa aquí la Resolución del SRI No 19, promulgada en Registro Oficial Segundo Suplemento No. 567 de 29 de mayo del 2024.